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Criterios básicos de las propuestas

Los criterios básicos tienen que servir para delimitar las propuestas válidas y descartar aquellas que no lo sean. Estos criterios son:

1. Criterio de legalidad:
tiene que estar sujetos a la legalidad vigente. No se aceptarán propuestas que planteen acciones ilegales. Tampoco se aceptarán propuestas que contradigan los diferentes planes municipales aprobados.
2. Criterio de competencia:
las propuestas tienen que ser de competencia municipal. Se rechazarán propuestas que dependan competencialmente de otras administraciones públicas o privadas.
3. Criterio económico y de actuación:
proyectos ordinarios, no materiales que acontecen en un momento concreto y que haya disponibilidad presupuestaría.
4. Criterio de viabilidad técnica:
todas las propuestas se someterán a validación técnica, es decir, que técnicamente se pueden realizar y se determinará el coste real de realización.
5. Criterio de sostenibilidad:
se descartarán aquellas propuestas que generen dependencia o comprometan los presupuestos municipales futuros, con relación al gasto (no se refiere a mantenimiento). Tampoco pueden comportar contribuciones especiales.
6. Criterio de inclusión social:
se aceptarán propuestas que sean de carácter socialmente inclusivo y fomenten la cohesión del municipio desde el punto de vista territorial. Por el contrario, se descartarán aquellas propuestas que planteen acciones de exclusión social.
7. Criterio de visión de colectivo:
tienen que ser propuestas que beneficien al máximo de jóvenes de Sant Vicenç de Montalt.
8. Criterio de no particularidad:
las propuestas no pueden contemplar subvenciones a entidades. Tampoco pueden contemplar la financiación a proyectos no municipales ya existentes, a no ser que introduzcan elementos innovadores que lo conviertan en un nuevo proyecto. En este supuesto, tendrá que cumplir la ley de contratación de la administración pública.

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